Resolución Nº 2/2006 (C.N.E.P.S.M.V.M.) (B.O. Nº 30.958 del 31/07/2006
Fíjase el Salario Mínimo, Vital y Móvil para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador.
Por medio de la presente resolución se fija, para todos los trabajadores comprendidos en la Ley Nº 20.744, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, un salario mínimo, vital y móvil, excluidas las asignaciones familiares, de:
a) A partir del 1º de agosto de 2006: $ 760, para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada de trabajo legal.
b) A partir del 1º de septiembre de 2006: $ 780, para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada de trabajo legal.
c) A partir del 1º de noviembre de 2006: $ 800, para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada de trabajo legal."
No hay comentarios.:
Publicar un comentario